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Zona Deportivista

Respuestas destacadas

Pero donde narices pone en el Articulo 5 que el convenio está suspendido? DENUNCIADO no es suspendido, un convenio se denuncia cuando su fin está cerca. "quedarán sin efecto dichos artículos y anexos el día 31 de mayo del 2011 ". Claro que a dia de hoy no está en vigor, pero SÍ cuando se realizó la renovacion a la que el club tenía derecho por la formación del futbolista. La renovación de Adrián estuvo dentro del plazo del convenio, que el convenio después no es RENOVADO? Perfecto, pero eso no quita que las acciones que se hayan realizado mientras estaba en vigor sean legales.

Como que una renovación ilegal? xD Unilateral porque el convenio ampara al Deportivo en poder renovar automaticamente a una serie de jugadores que cumplen los requisitos de formación en el club, Adrián estaba en la lista y Adrián fue renovado, que es eso de que solo puede renovar él? xD Y bueno, eso de que no se le ha pagado lo dices tú y lo dice el Caco Botas, desesperado por buscar en el convenio algo con lo que salir del Depor, por que será? Quizás no tenga tan claro que el juez le vaya a dar la razón xD

Por cierto, el precedente claro es Piscu, el Deportivo lo renovó unilateralmente y no vio un duro porque se fue al EXTRANJERO.

Dejo esto por aquí, es de un abogado que suele participar en el foro del Depor:

Viernes 27 de Mayo de 2011, 19:48

"Denunciar" un convenio no es derogarlo ni dejarlo sin efecto. En los casos de convenios con duración determinada y prórrogas tácitas (como el caso del convenio AFE-LFP, que tiene una duración de tres años y se pro´rroga tácitamente por períodos de igual duración), denunciar un convenio significa que la prórroga tácita no tendrá efecto y, por tanto, dejará de estar en vigor a día de su vencimiento que, en este caso es el 31 de mayo. Por tanto, a día de hoy, el convenio está en vigor y jugadores y equipos pueden hacer valer sus derechos bajo éste.

Editado por Xisco

Un abogado que participa en foros de fútbol me da el mismo respeto que un arquitecto que forea. Para apoyarse en algo están bien, pero no quisieran que me hicieran un proyecto o me defendieran en un juicio (con todo el respeto a Ibra y Darío xD).

Lo pero de todo es que están discutiendo por Adrián... ¡¡por Adrián!! xD xD

Hombre tampoco ha escrito ninguna parrafada, pero yo me quedo con que denunciar no significa que el convenio quede sin efecto, y a partir de ahí y de que en el propio convenio pone que en caso de que sea denunciado quedará sin afecto a partir del 31 de Mayo... Lo demás es jauja. Yo lo tengo claro, y es que segun Milinko, parece que si, por ejemplo, el convenio es renovado y ampliado también a clubs extranjeros el Deportivo podría volver a reclamar por Piscu? Mi respuesta es NO, la ley es aplicable al momento en el que se da la acción, no al momento en que se juzga dicha acción. Si el PP entra en el Gobierno y anula la ley antitabaco, los individuos juzgados por esa ley pasarían a no poder ser juzgados porque AHORA la ley ya no es la misma? nusenuse.gif

Eh, VB., que tu por otro post andas discutiendo por Toño sisi3.gifxD

Editado por Xisco

Pues eso ya no se como funciona, no se si un acuerdo verbal puede tener validez en este tipo de casos...

Hombre tampoco ha escrito ninguna parrafada, pero yo me quedo con que denunciar no significa que el convenio quede sin efecto, y a partir de ahí y de que en el propio convenio pone que en caso de que sea denunciado quedará sin afecto a partir del 31 de Mayo... Lo demás es jauja. Yo lo tengo claro, y es que segun Milinko, parece que si, por ejemplo, el convenio es renovado y ampliado también a clubs extranjeros el Deportivo podría volver a reclamar por Piscu? Mi respuesta es NO, la ley es aplicable al momento en el que se da la acción, no al momento en que se juzga dicha acción. Si el PP entra en el Gobierno y anula la ley antitabaco, los individuos juzgados por esa ley pasarían a no poder ser juzgados porque AHORA la ley ya no es la misma? nusenuse.gif

Eh, VB., que tu por otro post andas discutiendo por Toño sisi3.gifxD

2º en el Zamora de la 2007/2008 y 3º en la 2008/2009 xD

Y dale. Que Toño es buen portero, coño.

Puede que incluso mejor que Aranzubía jijiji

Claro que a dia de hoy no está en vigor

Gracias por darme la razón; es más, el propio Lendoiro se queda con el culo al aire cuando decide incluir al jugador en la lista de compensación antes del 31 de mayo pero no atiende a las deudas con el jugador antes de esa fecha pensando que tiene hasta el 30 de junio. En ambos casos, la fecha límite era el 31 de mayo. Y no te lo digo yo, ha salido en prensa:

Adrián alega impagos para ir al Atleti

Como que una renovación ilegal? xD Unilateral porque el convenio ampara al Deportivo en poder renovar automaticamente a una serie de jugadores que cumplen los requisitos de formación en el club, Adrián estaba en la lista y Adrián fue renovado, que es eso de que solo puede renovar él? xD Y bueno, eso de que no se le ha pagado lo dices tú y lo dice el Caco Botas, desesperado por buscar en el convenio algo con lo que salir del Depor, por que será? Quizás no tenga tan claro que el juez le vaya a dar la razón xD

Búscame un artículo dónde ponga eso, que el Deportivo puede renovar unilateralmente a un futbolista. Yo te he puesto el artículo específico en el que se define claramente que es derecho del jugador la renovación, nunca del club. Pregúntaselo si quieres al abogado que dices, que te va a decir exactamente lo mismo que yo, al menos, si sabe algo de derecho.

P.D.:

la ley es aplicable al momento en el que se da la acción, no al momento en que se juzga dicha acción. Si el PP entra en el Gobierno y anula la ley antitabaco, los individuos juzgados por esa ley pasarían a no poder ser juzgados porque AHORA la ley ya no es la misma? %7Boption%7D

Eso es el principio de irretroactvidad de la ley... Viene a ser a grosso modo que no se te puede aplicar leyes nuevas a acontecimientos pasados, especialmente si te son perjudiciales.

Editado por Milinko

Tu a mi me has copiado un articulo sin fijarte en como empieza

3. En el supuesto de que un Jugador sujeto a compensación no fuese contratado por ningún Club/SAD, tendrá derecho a seguir en el Club/SAD de procedencia, y éste obligación de ofrecerle nuevo contrato por una temporada, en los términos establecidos en el contrato finalizado, y referidos a la última temporada, incrementándose sus retribuciones en el siete por cien (7%) de la cantidad fijada en la lista de compensación, más el IPC de los doce meses anteriores, aplicado al contrato finalizado. Este derecho deberá ejercitarlo 25 días antes del inicio de la competición oficial.

NO fuese contratado, asi que todo lo demás en este caso no viene a cuento. Ese articulo se refiere expresamente a que si el Deportivo decidiese NO renovar al jugador, Adrián tendría derecho a exigir dicha renovación y el equipo obligación de efectuarla. Y claro que te doy la razón en que el convenio no está en vigor, pero tu tambien deberias darmela a mi cuando el convenio dice CLARAMENTE que dichos articulos quedan sin efecto A PARTIR del 31 de Mayo, osea que a partir del 31 de Mayo nadie se puede acoger a dicho convenio, pero todo lo realizado mientras el convenio está en vigor es totalmente válido.

Si cada ley / convenio que fuese renovada, cambiado o anulado, significase la anulación del anterior aunque se haya hecho mientras estaba en vigor, TODO sería una casa de putas.

Artículo 18. Compensación por preparación o formación.

1. La LNFP y la AFE, de acuerdo con el artículo 14.1 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, que regula la relación laboral de los deportistas profesionales, convienen establecer para el caso de que, tras la extinción del contrato por expiración del tiempo convenido, el Futbolista Profesional estipulase un nuevo contrato con otro Club/SAD, que éste deberá abonar al Club/SAD de procedencia la compensación que libremente haya fijado en las listas de compensación, al final de temporada.

A tal efecto, el Club/SAD de procedencia deberá notificar al jugador, a la LNFP y a la AFE hasta el 30 de junio o siguiente hábil, de cada año, su inclusión en la lista de compensación y el importe fijado. En ningún caso podrá incluirse en la lista de compensación a un jugador, cuya edad sea igual o superior a 24 años, al 30 de Junio del año en que se incluya.

2. El Club/SAD que contrate los servicios de un jugador profesional incluido en la lista de compensación, deberá presentarlo en la LNFP y acreditar haber satisfecho la compensación establecida, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de contratación. Todo contrato especificará con carácter obligatorio, una condición suspensiva de validez del mismo, en el sentido de que se acredite, en el plazo señalado en el párrafo anterior, haber satisfecho dicha compensación.

3. En el supuesto de que un Jugador sujeto a compensación no fuese contratado por ningún Club/SAD, tendrá derecho a seguir en el Club/SAD de procedencia, y éste obligación de ofrecerle nuevo contrato por una temporada, en los términos establecidos en el contrato finalizado, y referidos a la última temporada, incrementándose sus retribuciones en el siete por cien (7%) de la cantidad fijada en la lista de compensación, más el IPC de los doce meses anteriores, aplicado al contrato finalizado. Este derecho deberá ejercitarlo 25 días antes del inicio de la competición oficial.

4. En el supuesto de que el jugador realice contrato con un nuevo Club/SAD estando incluido en la lista de compensación, tendrá derecho a percibir el quince por cien (15%) de la citada compensación a la perfección del contrato.

5. Un Club/SAD no podrá incluir a un jugador en la lista de compensación, si le adeuda cantidad alguna, el último día hábil del mes de junio del año en que le incluya, salvo que tuviese pactada la liquidación de los haberes con fecha posterior.

Y de paso:

Declaraciones de Adrián a 3 de Diciemreb:

Ahora mismo está la cosa parada, no sé nada nuevo y soy jugador del Deportivo. Estoy contento aquí, y hay unos temas que conocéis, que aunque no se arregle nada seguiré perteneciendo al Dépor por la normativa que hay. Ya he dicho muchas veces que estoy feliz aquí, que mi primer objetivo es seguir, estoy como en casa y nada más, pero en fútbol nunca se sabe y ya se verá lo que pasa

Pero claro, convertirse en un títere de Caco Botas es lo que tiene xD

Edito para decir que segun mi padre, el principio de irretroactividad es aplicable a la Ley penal, y no a acuerdos administrativos xD

Editado por Xisco

abogados, abogados everywhere... xD

tu tambien deberias darmela a mi cuando el convenio dice CLARAMENTE que dichos articulos quedan sin efecto A PARTIR del 31 de Mayo, osea que a partir del 31 de Mayo nadie se puede acoger a dicho convenio, pero todo lo realizado mientras el convenio está en vigor es totalmente válido.

No te la doy porque yo no he dicho en esta conversación que el artículo 18 no estuviese sin efecto el 31 de mayo xD Es más, me he basado en eso para hablar del tema del impago.

Si cada ley / convenio que fuese renovada, cambiado o anulado, significase la anulación del anterior aunque se haya hecho mientras estaba en vigor, TODO sería una casa de putas.

Es que el convenio no está anulado, sigue vigente; pero hay ARTICULOS (el 18) de él que expresamente fijan que la denuncia conlleva que se quede sin efecto.

Gracias por poner el convenio, pero en ningún caso se establece que permanezca la vinculación con el club o pueda realizar de manera unilateral la renovación de un jugador sin su aprobación; simple y llanamente dice que en el caso de firmar por otro club, dicho club está obligado a pagar la compensación establecida.

Por otro lado, se le ha olvidado comentarle a tu padre que el ejemplo que has puesto es de una ley, y penal, al cual sí se le aplica la ley de irretroactividad, sirva la cita puesta en el P.D. mío anterior de prueba xD

P.D.:

abogados, abogados everywhere... xD

Y lo felices que seríamos sin ellos xD

Editado por Milinko

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