Jump to content

Zona de Politica Española

Respuestas destacadas

En un debate no debería haber un ganador: es sólo un intercambio de ideas, que debería servir para informar a los ciudadanos. Pero no es un partido de fútbol, no entiendo cómo alguien puede tener esa mentalidad: obviamente para cada uno "gana" aquel que exponga unas ideas más similares a las suyas. 

Yo entiendo que se refieren a qué aspirante convenció más de los cuatro, o el que consiguió captar más votantes en ese debate. De todas maneras pienso igual que tú, no gana nadie en los debates, son eso, debates.

Eso sí, los debates pueden perjudicar, y yo creo que les ha perjudicado a los cuatro.

Eso ya depende de lo inteligente/idiota que sea la gente, así de como sus ideologías... Y ahí no voy a entrar xD 

Por ejemplo, a mí me parece increíble que haya gente que siga votando al PP, pero seguro que estas elecciones me voy a llevar otra "sorpresita"... :/ 

Y ahora leña a Pablemos:

La propuesta de Podemos implica subir el IVA al 25% a todo tipo de bienes y servicios

En líneas generales entiendo que, su propuesta de bajar el iva superreducido al 4 y el otro al 10, lo quieren compensar con el IVA de lujo subiendolo al 25%. Da a entender que será un impuesto para las joyas, los ferraris, los chalets privados y demás fantasías que se creen los podemitas. En realidad, la UE dice que solo puede haber dos reducidos además del general, por lo cual ese 25% pasaría a ser el general. 

Al 25% productos como ropa, muebles, vehiculos, transporte público, gas, electricidad, alquiler, vivienda...

El hace 8 minutos, zoompy dijo:

Y ahora leña a Pablemos:

La propuesta de Podemos implica subir el IVA al 25% a todo tipo de bienes y servicios

En líneas generales entiendo que, su propuesta de bajar el iva superreducido al 4 y el otro al 10, lo quieren compensar con el IVA de lujo subiendolo al 25%. Da a entender que será un impuesto para las joyas, los ferraris, los chalets privados y demás fantasías que se creen los podemitas. En realidad, la UE dice que solo puede haber dos reducidos además del general, por lo cual ese 25% pasaría a ser el general. 

Al 25% productos como ropa, muebles, vehiculos, transporte público, gas, electricidad, alquiler, vivienda...

¿pq esos al 25%?.... también puede ir el transporte público, gas, electricidad, alquiler.. al 10%... ¿no?

Porque el gas y la electricidad, los alquileres y demás no entran en la lista de cosas que pueden reducirse. No se les puede aplicar ningún tipo de IVA reducido.

(no se pueden bajar según la normativa comunitaria)... por otro lado la fuente es "LIBREMERCADO.com"... con ese nombre, no sabría decirte de que pie cojean ... no se me ocurre... :happy:

El hace 1 hora, zoompy dijo:

Porque el gas y la electricidad, los alquileres y demás no entran en la lista de cosas que pueden reducirse. No se les puede aplicar ningún tipo de IVA reducido.

¿Quién dice eso?

El propio Defensor del Pueblo ha solicitado ya en alguna ocasión que tanto gas como electricidad pasen al tipo reducido.. no le han hecho ni puto caso, pero está claro que si el Defensor del Pueblo lo solicita es porque existe la posibilidad de hacerlo.

El Just now, rikype dijo:

¿Quién dice eso?

El propio Defensor del Pueblo ha solicitado ya en alguna ocasión que tanto gas como electricidad pasen al tipo reducido.. no le han hecho ni puto caso, pero está claro que si el Defensor del Pueblo lo solicita es porque existe la posibilidad de hacerlo.

El propio articulo que ha subido @zoompy

Citar

A continuación, el Anexo III de la Directiva Comunitaria en donde se fijan los productos concretos a los que se pueden aplicar tipos reducidos de IVA: - Seguir leyendo: http://www.libremercado.com/2015-12-09/la-propuesta-de-podemos-implica-subir-el-iva-al-25-a-todo-tipo-de-bienes-y-servicios-1276563387/

1) Los productos alimenticios (incluidas las bebidas, pero con exclusión de las bebidas alcohólicas) para consumo humano o animal, los animales vivos, las semillas, las plantas y los ingredientes utilizados normalmente en la preparación de productos alimenticios; los productos utilizados normalmente como complemento o sucedáneo de productos alimenticios;

2) Suministro de agua;

3) Los productos farmacéuticos del tipo de los utilizados normalmente para el cuidado de la salud, la prevención de enfermedades y tratamiento con fines médicos o veterinarios, incluidos los contraceptivos y los productos de higiene femenina;

4) Los equipos médicos, los aparatos y demás instrumental utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de minusválidos, incluida la reparación de dichos bienes y la entrega de asientos infantiles para acoplar en automóviles;

5) Transporte de personas y de sus equipajes;

6) Suministro de libros, comprendido su alquiler por bibliotecas (incluidos folletos, prospectos, impresos afines, álbumes, libros infantiles de pintura, dibujo y coloreado, música impresa o manuscrita, planos y mapas hidrográficos y similares), periódicos y revistas, que no sean íntegra o predominantemente material publicitario;

7) Derecho de acceso a espectáculos, teatros, circos, ferias, parques de atracciones, conciertos, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas, exposiciones y otras manifestaciones y locales semejantes de carácter cultural;

8) Recepción de servicios de radiodifusión y televisión;

9) Prestaciones de servicios por escritores, compositores y artistas intérpretes, y derechos de autor adeudados a los mismos;

10) Suministro, construcción, renovación y transformación de viviendas proporcionadas en el marco de la política social;

11) Suministro de bienes y servicios de los utilizados normalmente para la producción agraria, excepto bienes de capital como maquinaria o edificios;

12) Alojamiento facilitado por hoteles y establecimientos afines, incluido el alojamiento para vacaciones y el arrendamiento de emplazamientos en terrenos para campings y espacios de estacionamiento de caravanas;

13) Derecho de acceso a manifestaciones deportivas;

14) Derecho de utilizar instalaciones deportivas;

15) Entrega de bienes y prestación de servicios por parte de organizaciones caritativas reconocidas por los Estados miembros, dedicadas a la asistencia social y de seguridad social, en tanto en cuanto dichas operaciones no estén exentas en virtud de lo dispuesto en los artículos 132, 135 y 136;

16) Prestación de servicios por funerarias y servicios de cremación, junto con el suministro de los bienes relacionados con dicha actividad;

17) Prestación de asistencia sanitaria y dental, así como de tratamiento termal, en tanto en cuanto no esté exenta en virtud de lo dispuesto en las letras b) a e) del apartado 1 del artículo 132;

18) Prestaciones de servicios en relación con la limpieza de las vías públicas, la recogida de basuras y tratamiento de residuos, que no sean los prestados por los órganos mencionados en el artículo 13.

- Seguir leyendo: http://www.libremercado.com/2015-12-09/la-propuesta-de-podemos-implica-subir-el-iva-al-25-a-todo-tipo-de-bienes-y-servicios-1276563387/

No veo nada de electricidad ahi, solo el suministro de agua

Pero viendo esto me pregunto el porque ir al cine tiene el IVA del 21 pudiendose poner al 10. A lo mejor asi iria mas gente a las salas por la bajada de los precios

Es decir.. me sacais una directiva europea que, supuestamente, es inviolable.. cuando España lleva pasándose por el forro de las pelotas la directiva, precisamente sobre electricidad, en cuanto a transparencia, protección de los consumidores, y el precio de la misma... Tocate los huevos..

Las directivas comunitarias pueden negociarse, sin ir más lejos la propia Alemania o Dinamarca tienen tipos de IVA reducidos en electricidad en ciertos casos (electricidad suministrada a buques en los puertos por ejemplo)..

Archivado

Este hilo está archivado y por tanto cerrado a incorporar nuevas respuestas.

viendo esta sección 0

  • Ningún usuario registrado viendo esta página.