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Zona de Politica Española

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El hace 26 minutos, Zine dijo:

"Reunión pacífica"

jordi-sanchez-cuixart-coche-guardia-civi

:sisi3:

el recuento fue de 6 muertos, 38 containers quemados y 8 policías heridos... 9 años me parece poco... :sisi3:

Ábalos diciendo que no es un caso de corrupción del PSOE, que es un caso de corrupción de antiguos miembros del PSOE que ya no pertenecen al partido. Con dos cojones :hat:

Desde el despido en diferido de Cospedal no vi semejante cara de cemento armado.

 

 

El hace 4 horas, lamatxin dijo:

el recuento fue de 6 muertos, 38 containers quemados y 8 policías heridos... 9 años me parece poco... :sisi3:

No, si ya sé que allí mientras no haya muertos se considera todo pacífico. Pero hay que entender que otras personas tengan otros estándares para "pacífico" y "violento".

El hace 3 horas, Zine dijo:

No, si ya sé que allí mientras no haya muertos se considera todo pacífico. Pero hay que entender que otras personas tengan otros estándares para "pacífico" y "violento".

9 años de carcel... :coffee:

El hace 10 horas, lamatxin dijo:

9 años de carcel... :coffee:

"Al mismo tiempo que nuestro análisis no halló ningún factor que indicara que el juicio en su conjunto fuera injusto, es evidente que la interpretación que hizo el Tribunal Supremo del delito de sedición fue excesivamente amplia y se tradujo en la criminalización de unos actos de protesta legítimos”."

Vayamos al delito de sedición y veamos la interpretación "excesivamente amplia":

 

"Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.

Artículo 545

1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo."

 

No me hagas mucho caso, pero llamar a manifestantes de manera pública para que vayan a una consejería e impidan el trabajo de una comisión judicial que con una resolución judicial, está buscando pruebas de malversación y financiación ilícita, a la que tienen horas y horas encerrada y cuya secretaria tiene que huir por un tejadillo porque no se atreve a salir por miedo a que la linchen parece el ejemplo más claro de lo que nuestro Código Penal define como delito de sedición. Y ese delito tiene un castigo de 8 a 10 años de cárcel.

Recordamos a los presentes que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento y por supuesto, no te exime de la condena acorde a lo estipulado, si los Jordis no sabían que estaban cometiendo un delito de sedición de libro, es su problema, por mucho que Amnistía Internacional, que es una asociación de izquierdas de toda la vida con declaraciones tan curiosas como que ETA no era un grupo terrorista, intente ahora lavarle la cara a dos activistas. No solo es que están bien condenados, es que no les han metido la condena máxima por el delito que es de diez años.

Es de lo q se queja AI, que el delito de sedición está tipificado de forma excesivamente amplia y tiene una interpretación muy subjetiva, de hecho se podría aplicar a gente que intente paralizar un deshaucio o a los piquetes de una huelga y a nadie en su sano juicio se le ocurre acusarlos de sedición y mucho menos aplicarles una pena de 9 años de cárcel...

Es lo mismo q el artículo 155 de la CE, es tan vago y amplio que te puede servir para cualquier cosa...

El hace 50 minutos, lamatxin dijo:

Es de lo q se queja AI, que el delito de sedición está tipificado de forma excesivamente amplia y tiene una interpretación muy subjetiva, de hecho se podría aplicar a gente que intente paralizar un deshaucio o a los piquetes de una huelga y a nadie en su sano juicio se le ocurre acusarlos de sedición y mucho menos aplicarles una pena de 9 años de cárcel...

Es lo mismo q el artículo 155 de la CE, es tan vago y amplio que te puede servir para cualquier cosa...

A lo mejor es exactamente eso, como hemos permitido que delitos que eran una sedición de libro como que manadas de perroflautas y vividores de la PAH impidan ejecutar resoluciones judiciales enfrentándose a la policía, nos pensamos que todo hijo de vecino puede montar un tumulto e impedir la acción de las autoridades sin que pase nada cuando es un delito claramente contemplado en nuestro Código Penal. Lo mismo aplico a los "piquetes informativos" a los que hemos visto agredir y destruir propiedades públicas y privadas sin ningún tipo de consecuencia, el día que se les aplique con contundencia el Código Penal y se les condene por agredir y daño a mobiliario público y privado, algún iluminado dirá lo mismo.

Es la laxitud anterior lo que lleva a pensar que no se aplica de manera adecuada esa condena, cuando, evidentemente, es un claro delito tipificado y cuando se ha aplicado con la contundencia que se debe, pensamos que no está debidamente aplicado.

Ok, si te parece correcto castigar con 9 años de cárcel a gente que para deshaucios poco más puedo añadir...

El hace 19 horas, lamatxin dijo:

Ok, si te parece correcto castigar con 9 años de cárcel a gente que para deshaucios poco más puedo añadir...

Por supuesto que me parece correcto y sin duda alguna. Espero que un día tengas una casa, te la okupen y/o la alquiles con meses y meses de impago, te pases un año en litigios en los juzgados para intentar echarlos de allí y cuando vayan a desalojarlos, te encuentres un grupúsculo de personas impidiendo recuperar tu piso; cuando te pase, me vienes a contar lo bien que te parece y si todos ellos no merecen un castigo semejante.

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